Email subject:[La Circular] Actualidad: Indemnización para los vecinos de Cerdanyola y Ripollet + Banco Popular + etc.
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septiembre 2018
     
 
 
 
 
Indemnización para los vecinos de Cerdanyola y Ripollet
 

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid ha condenado a la empresa URALITA S.A. a abonar 1.7 millones de euros en concepto de indemnización por las patologías relacionadas con la exposición al amianto de un grupo de 14 vecinos de las localidades barcelonesas de Ripollet y Cerdanyola

 
 
 
 
III Edición del posgrado "Economía Social y Solidaria - Estudios Europeos"
 
III Edición del posgrado "Economía Social y Solidaria - Estudios Europeos"
 

Abierto el periodo de preinscripción para la tercera edición del posgrado «Economía Social y Solidaria - Estudios Europeos» en el que Colectivo Ronda volverá a participar como integrantes del equipo de docente.

 
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Afectados Banco Popular, ¿qué puedo reclamar?
 
Afectados Banco Popular, ¿qué puedo reclamar?
 

Los accionistas, bonistas y tenedores de preferentes o deuda subordinada de Banco Popular -sean personas físicas o jurídicas- tienen derecho a reclamar y recuperar el importe de las inversiones perdidas con la resolución de la entidad.

 
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Vaga a Ryanair: drets dels passatgers
 
Ryanair: derechos de los pasajeros
 

Una nueva convocatoria de huelga del personal de Ryanir en seis paísesde la Unión Europea, incluyendo España, afectará a a190 vuelos de la compañía y a 30.000 pasajeros. Os explicamos cómo ejercer lnuestros derechos frente a esta situación

 
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IRPH: la Comisiín Europea apoya a los afectados
IRPH: la Comisiín Europea apoya a los afectados

El reciente informe dirigido por la Comisión Europea al TJUE sobre la situación judicial de las demandas por las hipotecas referenciadas al IRPH «supone una enmienda a la totalidad a la doctrina del Supremo y un recordatorio del deber de transparencia que ostentan las entidades a en su relación con los clientes»

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Indemnización por la pérdida de la pensión
Indemnización por la pérdida de la pensión

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social aprecia que la actuación del INSS adolecía de fundamentación médica y admite que la pérdida del derecho a percibir la prestación pudo «provocar un cierto grado de angustia, inquietud o desazón que, por sí mismo, constituye un daño moral susceptible de ser resarcido ».

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