De las enfermedades invisibles a la cultura preventiva

Un artículo de la abogada Silvia Vázquez en el marco del día mundial de Seguridad en el Trabajo

La siniestralidad laboral no se detiene. Cada minuto se produce un accidente de trabajo en el Estado español. Según fuentes del Ministerio de Trabajo, en 2023 se cerró con 600.000 accidentes laborales con baja médica, de los que 3.759 fueron graves y 581 mortales. Los sectores más afectados siguen siendo construcción, industria y transporte. Y aquí habría que añadir las cifras sobre enfermedades profesionales, un dato que la web del Ministerio de Trabajo no incluye.

Han pasado ya casi 30 años desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en 1995 y las cifras muestran que todavía queda mucho recorrido por hacer en salud y seguridad laboral. El 28 abril se conmemora el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo y es un buen momento para poner el foco en dos frentes que desde Col·lectiu Ronda creemos que hay que trabajar.

Lo primero son los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocultas. Los datos oficiales son sólo la punta del iceberg. Debajo hay cientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que son tramitadas como contingencia común, a pesar de haberse producido en el entorno laboral o in itinere. Los y las profesionales que defendemos los derechos de las personas trabajadoras en materia de seguridad y salud laboral sabemos que ésta es una dinámica habitual de las mutuas de accidentes de trabajo: negarse sistemáticamente a atender o compensar de forma justa a personas trabajadoras que han sufrido lesiones por un mal gesto o por un sobreesfuerzo, por ejemplo, o que presentan cuadros de ansiedad y estrés laboral o que han enfermado a base de realizar durante años movimientos repetitivos. Las mutuas alegan siempre lo de «esto no es laboral» o «esto es degenerativo, «debes ir la Seguridad Social».

Precisamente esta (mala) praxis de las mutuas ha sido noticia hace pocos días. La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha hecho unas declaraciones denunciando esta falta de reconocimiento de las enfermedades profesionales por parte de las mutuas de accidentes, recalcando que era del todo necesario realizar una reforma de su gestión y sobre todo poniendo el acento en el sesgo de género que todavía existe y que hace que muchas de las patologías laborales que afectan a las mujeres no estén reconocidas dentro del cuadro de enfermedades profesionales que data de 2006 y ha quedado obsoleto desde el momento en que no incluye ciertos ámbitos laborales o nuevas especializaciones y más aún desde que no reconoce patologías propias de actividades laborales feminizadas.

El segundo frente donde creemos que es necesario poner el foco proviene de la falta de una auténtica cultura preventiva en la mayor parte del tejido empresarial. Muchas empresas no son conscientes de que la protección de la persona trabajadora frente a los riesgos laborales exige una actuación que va más allá de realizar una mínima evaluación o dar una pequeña formación en prevención de riesgos. Es necesario conseguir que se dibujen entornos laborales seguros para que las personas trabajadoras no se jueguen la salud... o la vida. Como reiteradamente ha dictado el Tribunal Supremo en numerosas sentencias, los empresarios son los garantes de la salud y seguridad de sus trabajadores y ésta debe hacerse con toda la diligencia exigible.

Detrás de cualquier accidente laboral o enfermedad profesional suele haber un error en materia preventiva. La inmensa mayoría de accidentes se deben a los incumplimientos empresariales de las normas básicas de prevención previstas. Y hablemos de no entregar EPIS (equipos de protección individual) necesarios, de no dar formación específica en riesgos laborales del puesto de trabajo o no dotar de maquinaria segura.

Y es que con la salud laboral no se puede jugar. Nos va la vida. Respetar los derechos de toda persona trabajadora pasa por exigir entornos laborales seguros a las empresas, pero también para que las administraciones reconozcan las mínimas prestaciones cuando el daño ya se ha hecho o es inevitable. Por suerte, no sólo crecen los accidentes, sino la conciencia social sobre este fenómeno. Y sobre lo que podemos (y debemos) reclamar.

Un artículo de la abogada Silvia Vázquez en el marco del día mundial de Seguridad en el Trabajo

Han pasado ya casi 30 años desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en 1995 y las cifras muestran que todavía queda mucho recorrido por hacer en salud y seguridad laboral. El 28 abril se conmemora el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo y es un buen momento para poner el foco en dos frentes que desde Col·lectiu Ronda creemos que hay que trabajar.

Lo primero son los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocultas. Los datos oficiales son sólo la punta del iceberg. Debajo hay cientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que son tramitadas como contingencia común, a pesar de haberse producido en el entorno laboral o in itinere. Los y las profesionales que defendemos los derechos de las personas trabajadoras en materia de seguridad y salud laboral sabemos que ésta es una dinámica habitual de las mutuas de accidentes de trabajo: negarse sistemáticamente a atender o compensar de forma justa a personas trabajadoras que han sufrido lesiones por un mal gesto o por un sobreesfuerzo, por ejemplo, o que presentan cuadros de ansiedad y estrés laboral o que han enfermado a base de realizar durante años movimientos repetitivos. Las mutuas alegan siempre lo de «esto no es laboral» o «esto es degenerativo, «debes ir la Seguridad Social».

Precisamente esta (mala) praxis de las mutuas ha sido noticia hace pocos días. La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha hecho unas declaraciones denunciando esta falta de reconocimiento de las enfermedades profesionales por parte de las mutuas de accidentes, recalcando que era del todo necesario realizar una reforma de su gestión y sobre todo poniendo el acento en el sesgo de género que todavía existe y que hace que muchas de las patologías laborales que afectan a las mujeres no estén reconocidas dentro del cuadro de enfermedades profesionales que data de 2006 y ha quedado obsoleto desde el momento en que no incluye ciertos ámbitos laborales o nuevas especializaciones y más aún desde que no reconoce patologías propias de actividades laborales feminizadas.

El segundo frente donde creemos que es necesario poner el foco proviene de la falta de una auténtica cultura preventiva en la mayor parte del tejido empresarial. Muchas empresas no son conscientes de que la protección de la persona trabajadora frente a los riesgos laborales exige una actuación que va más allá de realizar una mínima evaluación o dar una pequeña formación en prevención de riesgos. Es necesario conseguir que se dibujen entornos laborales seguros para que las personas trabajadoras no se jueguen la salud... o la vida. Como reiteradamente ha dictado el Tribunal Supremo en numerosas sentencias, los empresarios son los garantes de la salud y seguridad de sus trabajadores y ésta debe hacerse con toda la diligencia exigible.

Detrás de cualquier accidente laboral o enfermedad profesional suele haber un error en materia preventiva. La inmensa mayoría de accidentes se deben a los incumplimientos empresariales de las normas básicas de prevención previstas. Y hablemos de no entregar EPIS (equipos de protección individual) necesarios, de no dar formación específica en riesgos laborales del puesto de trabajo o no dotar de maquinaria segura.

Y es que con la salud laboral no se puede jugar. Nos va la vida. Respetar los derechos de toda persona trabajadora pasa por exigir entornos laborales seguros a las empresas, pero también para que las administraciones reconozcan las mínimas prestaciones cuando el daño ya se ha hecho o es inevitable. Por suerte, no sólo crecen los accidentes, sino la conciencia social sobre este fenómeno. Y sobre lo que podemos (y debemos) reclamar.