¿Tu tarjeta de IKEA, FNAC o MediaMarkt puede ser abusiva?
Muchas personas tienen o han tenido una tarjeta vinculada a una gran cadena comercial sin saber que, en realidad, puede funcionar como una tarjeta revolving y acabar generando deudas abusivas y casi imposibles de devolver.
Tarjetas asociadas a establecimientos como IKEA, FNAC o MediaMarkt, comercializadas a través de CaixaBank Payments & Consumer, pueden ofrecer modalidades de pago aplazado que permiten fraccionar las compras en cuotas mensuales. Sin embargo, aunque se presenten como una forma cómoda de pagar a plazos o de aprovechar descuentos y promociones reservadas a las personas titulares, estas tarjetas pueden acabar teniendo un coste muy superior al previsto y provocar un importante perjuicio económico. Lo mismo sucede con otras tarjetas revolving comercializadas directamente por CaixaBank que no están asociadas a ninguna otra marca comercial, como las populares Visa Gold y Visa & Go.
Una tarjeta revolving es una tarjeta de crédito que permite aplazar el pago de las compras o de las cantidades dispuestas mediante el abono de una cuota mensual, a menudo reducida. A diferencia de una tarjeta ordinaria, en la que habitualmente se paga todo el importe al final de mes, con una revolving la deuda se devuelve poco a poco. El problema es que, si la cuota es baja y los intereses son elevados, como suele ocurrir, una parte muy importante de lo que se paga cada mes se destina a intereses y no a reducir el capital pendiente.
Esto puede generar una situación difícil de comprender para muchas personas consumidoras: aunque paguen mensualmente, la deuda disminuye muy lentamente o incluso parece no terminar nunca. Además, a medida que se abonan las cuotas, el crédito vuelve a estar disponible, lo que favorece que se siga utilizando la tarjeta e incrementa y prolonga todavía más el endeudamiento. De este modo, una compra aparentemente sencilla o un aplazamiento puntual pueden convertirse en una carga económica que se prolonga durante años y obliga a devolver una cantidad muy superior a la que realmente se ha dispuesto.
Este riesgo es todavía más difícil de detectar cuando la tarjeta no se contrata directamente en una oficina bancaria, sino en un establecimiento comercial y en el contexto de una compra cotidiana. La persona consumidora puede pensar que está contratando una tarjeta de fidelización con ciertas facilidades de pago, sin ser debidamente informada de que está suscribiendo un contrato de crédito con intereses, comisiones y consecuencias económicas relevantes.
Durante los últimos años, los tribunales han analizado miles de contratos de tarjetas revolving. El Tribunal Supremo ha establecido que los intereses pueden ser declarados usurarios cuando sean notablemente superiores al tipo medio aplicable a este tipo de productos en el momento de la contratación. Como criterio orientador, ha considerado que puede existir usura cuando la TAE pactada supera en más de seis puntos porcentuales el tipo medio de mercado de las tarjetas revolving.
Pero el problema no es únicamente el porcentaje de interés. Los tribunales también han insistido en la importancia de la transparencia y de la información recibida en el momento de la contratación. La entidad financiera debe haber explicado de forma clara y comprensible cómo funciona el sistema revolving, cuál será el coste real del crédito, cómo se amortizará la deuda, qué implica escoger una cuota mensual reducida y qué riesgo existe de que la deuda se prolongue indefinidamente.
Cuando esta información no se ha facilitado correctamente, o cuando los intereses aplicados son usurarios, la persona afectada puede reclamar. En muchos casos, es posible solicitar la nulidad del contrato de crédito y exigir la devolución de los intereses, comisiones y cantidades abonadas en exceso. La consecuencia habitual es que la persona consumidora solo tenga que devolver el capital efectivamente dispuesto, sin asumir el sobrecoste derivado de un contrato abusivo o falto de transparencia.
Sin embargo, a día de hoy, muchas personas siguen pagando cantidades indebidas por sus tarjetas revolving sin saber que lo son y sin sospechar que pueden tener derecho a reclamar. Revisar la documentación contractual, los extractos mensuales y las condiciones aplicadas es el primer paso para saber si se ha pagado más de lo que correspondía. Si tienes o has tenido una tarjeta asociada a una gran cadena comercial y has pagado durante años sin ver claramente reducida la deuda, puede ser conveniente analizar si se trata de una tarjeta revolving y si puedes recuperar el dinero abonado indebidamente.
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