Recuperar el dinero

25 de febrer de 2016

Según se desprende de diversas sentencias, los ahorradores que adquirieron acciones de Bankia coincidiendo con la salida a Bolsa de la entidad lo hicieron basándose en unas cuentas falseadas y, por tanto, es legítimo solicitar la anulación de la compra y la devolución del dinero invertido.

y para nada ajustada a la verdadera realidad contable y financiera de la entidad, que proyectaba una imagen irreal de solvencia y prosperidad. Por tanto, el consentimiento del accionista no puede considerarse válido ni se pueden asumir las pérdidas experimentadas por el valor de la acción como una circunstancia normal dentro de los riesgos inherentes a la inversión bursátil.

Esta ha sido, desde hace mucho tiempo, nuestra tesis respecto a la responsabilidad que corresponde a la entidad en relación a las enormes pérdidas sufridas por los accionistas de Bankia. Afortunadamente para los inversores, ésta es también la tesis de los juzgados que han empezado a resolver las demandas interpuestas en todo el Estado para miles de afectados.

Recientemente el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Mataró y, con anterioridad, el Juzgado de Primera Instancia 10 de Oviedo han dictado sentencias que consideran que la entidad ocultó conscientemente la existencia de pérdidas en su balance contable que hacían evidente la inviabilidad de Bankia. Por el contrario, la intensa y agresiva campaña de publicidad que acompañó la salida Bolsa de Bankia y la información proporcionada por los empleados de las oficinas hablaba de beneficios millonarios y excelentes perspectivas para unas acciones que, según afirmaba la entidad, se vendían muy por debajo de su verdadero precio de mercado.

Protección del inversor

La normativa estatal y comunitaria establece un importante nivel de protección para los accionistas, especialmente para los no profesionales y de perfil minorista. Cuando se decide invertir en la Bolsa, es evidente que nos exponemos a la posibilidad de sufrir pérdidas. Ahora bien, la compra de acciones sólo se considerará válida y legítima si la decisión de adquirir determinados valores bursátiles se fundamenta en una información veraz y precisa sobre la situación de la empresa en cuestión, justamente lo que no ha sucedido en el caso de Bankia.

Amparados en este indiscutible argumento, Col·lectiu Ronda tramita a través de nuestro equipo de abogados expertos en Derecho Mercantil las demandas de numerosos clientes de Bankia que devinieron accionistas de una entidad que, sin que ellos pudieran saberlo de modo alguno, en el momento de salir a Bolsa ya estaba en situación técnica de quiebra.

Las primeras sentencias dicatadas a raíz de esta problemática que afecta a miles y miles de personas han sido favorables a los accionistas engañados y coinciden plenamente con nuestros argumentos.

Quiénes somos?

Col·lectiu Ronda es una asesoría jurídica fundada en 1972 con sede en Barcelona y despachos en Mataró, Cerdanyola, Granollers, Mollet, Rubí y Tarragona, así como un espacio de encuentro en Madrid recientemente inaugurado.

Nuestra cooperativa abarca diferentes áreas de práctica, incluyendo el Derecho Mercantil. En este ámbito del derecho, Colectivo Ronda ha conseguido notables éxitos en la defensa jurídica de las personas afectadas por la contratación de productos financieros complejos como swaps hipotecarios, fondos estructurados, participaciones preferentes y deuda subordinada, entre otros.

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