El Tribunal Supremo confirma que los intereses del 27,2% vinculados a una tarjeta revolving de Wizink deben ser considerados usurarios por ser desproporcionados y abusivos. La sentencia enfatiza también la falta de transparencia de este producto financiero.

El Tribunal Supremo confirma que los intereses del 27,2% vinculados a una tarjeta revolving de Wizink deben ser considerados usurarios por ser desproporcionados y abusivos. La sentencia enfatiza también la falta de transparencia de este producto financiero.

El Tribunal Supremo confirma que los intereses del 27,2% vinculados a una tarjeta revolving de Wizink deben ser considerados usurarios por ser desproporcionados y abusivos. La sentencia enfatiza también la falta de transparencia de este producto financiero.

El Juzgado de Primera Instancia 58 de Madrid admite a trámite la demanda interpuesta contra Bolsas y Mercados Españoles (BME), regulador del MAB, y la consultora E&Y por incumplimiento de su labor de supervisión en relación a la información falseada referente a la empresa Gowex

Una reciente sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional avala la decisión de la empresa Galp de obligar a sus trabajadores a fichar el tiempo dedicado a fumar o tomar un café y no considerarlo tiempo de trabajo efectivo. Esta decisión, sin embargo, no es automáticamente extrapolable a otras empresas.

Comunicado de Colectivo Ronda en relación al anuncio por parte de COEMAC, sucesora de la antigua URALITA, de presentar solicitud de concurso voluntario de acreedores

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Considera la sentencia que la falta de solidez en la argumentación empresarial respecto a los motivos del despido deviene indicio suficiente de que la verdadera causa para despedir es la situación de enfermedad y la incertidumbre respecto a los plazos de recuperación

El Juzgado Social 16 de Barcelona considera que la existencia de un periodo previo de convivencia estable y «análoga relación de afectividad a la conyugal» puede acreditarse mediante «cualquier medio de prueba admitido en derecho» a la hora de acceder sin restricciones temporales a la prestación de viudedad en aquellos casos en que el fallecimiento es causado por una enfermedad contraída con anterioridad a la celebración del matrimonio y no se satisfaga los requisitos de duración mínima de la relación.

El Juzgado Social 16 de Barcelona considera que la existencia de un periodo previo de convivencia estable y «análoga relación de afectividad a la conyugal» puede acreditarse mediante «cualquier medio de prueba admitido en derecho» a la hora de acceder sin restricciones temporales a la prestación de viudedad en aquellos casos en que el fallecimiento es causado por una enfermedad contraída con anterioridad a la celebración del matrimonio y no se satisfaga los requisitos de duración mínima de la relación.