Existen indicios de que la información trasladada a los inversores podría haber sido manipulada
Colectivo Ronda, en colaboración con el equipo de abogados de Red Abafi, ejercerá la dirección jurídica de la querella interpuesta por ASUFIN contra los anteriores consejeros de Banco Popular y la auditora PWC por, entre otros, la supuesta comisión de un delito de fraude contra los inversores.
Asufin, organización sin ánimo de lucro dedicada a la defensa del consumidor de productos financieros con más de 5.000 socios procedentes de todo el Estado, ha interpuesto una querella contra los integrantes del anterior Consejo de Administración de Banco Popular y la firma multinacional PWC -encargada de auditar las cuentas de la entidad- por la supuesta comisión de los delitos de fraude de inversores, falsedad de cuentas, administración desleal y contra la Hacienda Pública. La acción ha contado con la dirección jurídica y letrada de Colectivo Ronda, en colaboración con los abogados y abogadas de Red Abafi.
La querella señala que la actuación de los integrantes del anterior Consejo de Administración podría constituir una grave vulneración de la legislación vigente y haber contribuido de forma decisiva a la progresiva pauperización de Banco Popular, perjudicando de forma evidente los intereses de más de 300.000 clientes de la entidad que han visto reducido a cero el valor de sus inversiones en acciones, preferentes y bonos subordinados después de que se decidiera la resolución de Banco Popular y posterior adquisición por parte de Banco Santander.
Transcendencia de la querella
La investigación de estos hechos por parte de la Audiencia Nacional a raíz de la interposición de la querella -fundamentada en sólidos informes y peritajes económicos a cargo de expertos- puede resultar de vital importancia para el conjunto de damnificados por la integración de Banco Popular a Banco Santander. En caso de que se demuestre en sede judicial que la información financiera sobre la situación económica de la entidad que se trasladó a inversores y organismos reguladores no se ajustaba a la realidad o fue manipulada para crear una falsa imagen de solvencia o solidez económica, se abriría de par en par la posibilidad de que los afectados pudieran reclamar el reintegro del valor de sus inversiones y recuperar su dinero.
Este hecho resulta de especial importancia para los accionistas. Si bien hasta ahora han sido muchas las sentencias que, desde mucho antes de la desaparición de Banco Popular, han condenado los últimos años la entidad por la comercialización irregular y deficiente de preferentes y deuda subordinada obligando al banco a devolver el dinero de los clientes afectados, las reclamaciones de los accionistas tienen, en cambio, más dificultades para prosperar. A diferencia de lo que sucede con los productos híbridos de capital como pueden ser las obligaciones subordinadas o las participaciones preferentes, las acciones bursátiles no ostentan, según la legislación vigente, la condición de producto financiero complejo. Siendo así, la normativa en materia de protección de los consumidores de productos bancarios no establece requisitos tan elevados de transparencia y claridad de la información suministrada a los clientes sobre la naturaleza y riesgos del producto ofrecido. De esta forma, en el caso de las acciones puede ser más dificultoso invocar esta falta de información para conseguir la nulidad de la acción de compra que si la demanda hace referencia a preferentes y deuda subordinada, donde contamos con muchos precedentes jurídicos que avalan nuestra petición. En cuanto a los accionistas, habría que demostrar, tal como se pretende hacer con nuestra querella, que la información económica sobre la situación de Banco Popular fue objeto de manipulación para poder argumentar que la decisión de adquirir las acciones que ahora han quedado sin valor se fundamentó sobre una imagen falsa e inexistente de solvencia económica que no permitía ponderar razonablemente el verdadero nivel de riesgo que estábamos asumiendo. En este caso, la legislación vigente sí ampararía plenamente la legítima petición de recuperar la totalidad del valor de nuestra inversión, tal y como está haciendo con los accionistas de Bankia en análoga situación a los de Banco Popular que empiezan a ver cómo los tribunales amparan la su pretensión una vez ha sido probado que la salida a Bolsa de la entidad se hizo sobre la base de una información contable y financiera que no reflejaba la situación real de Bankia.