Reclaman el acceso anticipado a la jubilación para el colectivo de trabajadores del amianto
La Asociación de Víctimas Afectadas por el Amianto en Cataluña (AVAAC) ha registrado esta mañana en la Delegación del Gobierno en Cataluña una petición formal dirigida al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que se reconozca el derecho del colectivo de trabajadores expuestos al amianto a acceder de forma anticipada a la jubilación, tal y como ahora sucede con otros colectivos laborales, por ejemplo mineros y bomberos, sujetos a especiales condiciones de siniestralidad e insalubridad en sus lugares de trabajo.
La Asociación de Víctimas Afectadas por el Amianto en Cataluña (AVAAC) ha solicitado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que reconozca el derecho a acceder de forma anticipada a la jubilación, aplicando coeficientes reductores de edad, al colectivo de personas que han trabajado en las empresas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA), en reconocimiento a la menor esperanza de vida de este grupo de trabajadores.
La petición solicita que se reserve para los trabajadores expuestos al amianto un trato similar al que la normativa otorga actualmente a otros colectivos laborales, como bomberos, trabajadores del mar o mineros, según el contenido del Real Decreto 1698/2011, que regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación para los trabajadores sometidos a actividades «excepcionalmente penosas, peligrosas o insalubres».
Este reconocimiento por parte del Ministerio equipararía el trato dispensado a los trabajadores del Estado español expuestos al amianto al que reciben, por ejemplo, en Francia, donde el acceso anticipado a la jubilación ya es un derecho plenamente reconocido.
El carácter insalubre y peligroso de la exposición al amianto ha quedado reiteradamente probado, tal y como contempla de legislación vigente y el baremo de enfermedades profesionales, que relaciona la exposición a fibras de amianto con la posibilidad de desarrollar graves patologías, como fibrosis, mesotelioma, cáncer de pleura o cáncer de pulmón. De hecho, según la OMS —que clasificó el amianto como cancerígeno de primer orden ya en el año 1977— el amianto es el principal agente causante de cánceres de origen laboral en el mundo.
A pesar de la evidencia de su peligrosidad, el Estado español no prohibió su uso hasta el año 2002, obligado por la normativa europea. Entre los años 1960 y 1985, período del que se dispone de datos fehacientes, el Estado español importó 2,6 millones de toneladas de este material potencialmente mortal, y más de 800 empresas registradas incluyeron el amianto entre sus procesos productivos, siendo un material presente, entre muchos otros usos, en la práctica totalidad de edificaciones construidas hasta el momento de su prohibición.
En opinión de Àlex Tisminetzky, abogado del Colectivo Ronda que asesora a la entidad, la gravedad de las enfermedades y los largos períodos de latencia de estas patologías —las fibras de asbesto pueden permanecer en el organismo entre 30 y 40 años antes de que la enfermedad se desarrolle— justifican plenamente el acceso anticipado a la jubilación. «Tanto las empresas como la Administración —explica Tisminetzky— incurrieron en una evidente dejadez de sus obligaciones respecto a los trabajadores expuestos al amianto, pese a la plena evidencia del riesgo para la salud que supone trabajar en contacto con estas fibras, y el acceso anticipado a la jubilación es una medida de mínimos para compensar la menor esperanza de vida de un colectivo que debe convivir diariamente con la posibilidad de desarrollar una enfermedad mortal».
Según datos de la Comisión Europea, más de medio millón de personas habrán muerto antes del año 2025 en el territorio de la Unión como consecuencia directa de la inhalación de fibras de amianto; atendiendo a las estimaciones más conservadoras, unas 60.000 víctimas serán ciudadanos del Estado español.