Tenemos derecho a exigir una justa indemnización por cualquier daño causado sobre nuestros bienes o derechos que deriven de la actuación normal o anómala de la Administración siempre y cuando podamos demostrar la existencia efectiva del daño alegado y que éste resulte evaluable económicamente . Sólo determinados casos considerados de fuerza mayor y debidamente contemplados en la normativa vigente escapan a la consideración general de que a una actuación lesiva de derechos por parte de la Administración corresponde la pertinente indemnización.
Así, y citando sólo algunos ejemplo especialmente habituales, resultará exigible la responsabilidad patrimonial de la Administración en casos de negligencias médicas acaecidos en centros de salud de titularidad pública, por lesiones derivadas de accidentes causados por el mal estado de la vía pública o por inacción frente a una situación de reiterada vulneración de los derechos que corresponde a la propia administración defender y preservar.
Colectivo Ronda dispone de un departamento de Derecho Administrativo que le puede asesorar para conseguir la indemnización que le corresponde.