Hacienda aplaza las devoluciones del IRPF a los mutualistas y cambia el procedimiento


La Agencia Tributaria ha paralizado temporalmente las devoluciones del IRPF a los mutualistas tras un cambio normativo que modifica el proceso para reclamarlas y deja sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas en relación con los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos.

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En una decisión inesperada, Hacienda ha suspendido las devoluciones del IRPF que correspondían a miles de mutualistas y ha anunciado un nuevo procedimiento que entrará en vigor en 2025. Hasta ahora, los afectados podían reclamar la devolución de varios ejercicios no prescritos de manera conjunta a través del formulario habilitado por Hacienda para tal efecto, lo que permitía realizar la solicitud mediante un único trámite y recibir el importe total correspondiente a los años en cuestión. Sin embargo, con el nuevo sistema, las devoluciones deberán ser solicitadas año por año y no de forma conjunta, coincidiendo con la campaña de la Renta.

La medida afecta directamente a aquellas solicitudes presentadas antes del 22 de diciembre de 2024 que aún no habían sido resueltas. Según determina la nueva regulación, estas reclamaciones quedarán anuladas y tendrán que ser tramitadas nuevamente siguiendo el método mencionado.

A partir del próximo ejercicio fiscal, los mutualistas solo podrán reclamar la devolución correspondiente al ejercicio no prescrito que corresponda a ese año. Por ejemplo, en 2025 se podrá solicitar la devolución del IRPF de 2019 y ejercicios anteriores; en 2026, la devolución del ejercicio de 2020, y así sucesivamente.

El objetivo, según Hacienda, es dotar de mayor previsibilidad a estas devoluciones y facilitar su correcta imputación en las cuentas del Estado. Sin embargo, la decisión de Hacienda y el cambio normativo frustran las expectativas de los mutualistas afectados y generan una situación de agravio entre las personas que, antes del cambio de sistema, obtuvieron la devolución íntegra de los importes reclamados y aquellas que ahora deberán esperar durante años para obtener el reembolso completo de las cantidades aún no abonadas por Hacienda. Cabe destacar que, en este último grupo, se incluyen tanto las personas que todavía no hayan iniciado el proceso de reclamación como aquellas que, a pesar de haber presentado el formulario facilitado por Hacienda en su momento, no hayan obtenido la devolución, ya que sus solicitudes han quedado anuladas y sin efecto. Sobre esta situación, es importante señalar que Hacienda no ha notificado a las personas afectadas, lo que incrementa aún más la incertidumbre generada por este repentino cambio legislativo.

Por lo tanto, y de ahora en adelante, los antiguos mutualistas deberán tramitar anualmente su solicitud para el ejercicio correspondiente, coincidiendo con el periodo de presentación de la declaración de la Renta.

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En una decisión inesperada, Hacienda ha suspendido las devoluciones del IRPF que correspondían a miles de mutualistas y ha anunciado un nuevo procedimiento que entrará en vigor en 2025. Hasta ahora, los afectados podían reclamar la devolución de varios ejercicios no prescritos de manera conjunta a través del formulario habilitado por Hacienda para tal efecto, lo que permitía realizar la solicitud mediante un único trámite y recibir el importe total correspondiente a los años en cuestión. Sin embargo, con el nuevo sistema, las devoluciones deberán ser solicitadas año por año y no de forma conjunta, coincidiendo con la campaña de la Renta.

La medida afecta directamente a aquellas solicitudes presentadas antes del 22 de diciembre de 2024 que aún no habían sido resueltas. Según determina la nueva regulación, estas reclamaciones quedarán anuladas y tendrán que ser tramitadas nuevamente siguiendo el método mencionado.

A partir del próximo ejercicio fiscal, los mutualistas solo podrán reclamar la devolución correspondiente al ejercicio no prescrito que corresponda a ese año. Por ejemplo, en 2025 se podrá solicitar la devolución del IRPF de 2019 y ejercicios anteriores; en 2026, la devolución del ejercicio de 2020, y así sucesivamente.

El objetivo, según Hacienda, es dotar de mayor previsibilidad a estas devoluciones y facilitar su correcta imputación en las cuentas del Estado. Sin embargo, la decisión de Hacienda y el cambio normativo frustran las expectativas de los mutualistas afectados y generan una situación de agravio entre las personas que, antes del cambio de sistema, obtuvieron la devolución íntegra de los importes reclamados y aquellas que ahora deberán esperar durante años para obtener el reembolso completo de las cantidades aún no abonadas por Hacienda. Cabe destacar que, en este último grupo, se incluyen tanto las personas que todavía no hayan iniciado el proceso de reclamación como aquellas que, a pesar de haber presentado el formulario facilitado por Hacienda en su momento, no hayan obtenido la devolución, ya que sus solicitudes han quedado anuladas y sin efecto. Sobre esta situación, es importante señalar que Hacienda no ha notificado a las personas afectadas, lo que incrementa aún más la incertidumbre generada por este repentino cambio legislativo.

Por lo tanto, y de ahora en adelante, los antiguos mutualistas deberán tramitar anualmente su solicitud para el ejercicio correspondiente, coincidiendo con el periodo de presentación de la declaración de la Renta.