IRPH: preguntas frecuentes


¿Por qué las hipotecas referenciadas al índice IRPH son más caras que las que utilizan, por ejemplo, el Euribor? ¿Por qué los tribunales consideran que puede tratarse de una cláusula abusiva? Respondemos a estas y otras preguntas frecuentes sobre las hipotecas IRPH

¿Por qué deberíamos reclamar por el IRPH?

Básicamente, porque utilizar el índice IRPH para calcular los intereses que se aplican a la hipoteca ha supuesto un encarecimiento injustificado de nuestros pagos. De hecho, varias fuentes cifran, en promedio, en más de 2.000 euros anuales de encarecimiento respecto lo que hubiéramos pagado si la misma hipoteca utilizara el Euribor para calcular el interés variable. Este sobrecoste no ha tenido ninguna contraprestación ni ha reportado beneficio de ningún tipo a los clientes de las entidades financieras. El índice IRPH únicamente ha servido para proteger los intereses de los bancos,y jamás mejor dicho, en un escenario de continuos descensos del más habitual Euribor, situado en niveles históricamente bajos desde el inicio de la crisis financiera a finales de 2007.

¿Por qué el IRPH es más perjudicial que, por ejemplo, el Euribor?

Las hipotecas suscritas a interés variable funcionan todas de forma similar. Se aplica un índice de referencia (IRPH, Euribor, etc.) y sobre éste un diferencial. Las que utilizan el IRPH son más caras porque, aunque el diferencial pueda ser el mismo, el IRPH siempre se sitúa por encima del Euribor. Esto es consecuencia de cómo se calculan estos dos índices.

El Euribor es el resultado de hacer la media del tipo de interés que los bancos aplican a la hora de hacerse préstamos entre ellos o con el Banco Central Europeo. Este tipo de interés siempre es más bajo que los intereses que se aplican a los préstamos concedidos a los consumidores, especialmente en los últimos años, cuando el BCE ha facilitado ingentes cantidades de dinero a los bancos a interés prácticamente cero para estimular la economía.

Por el contrario, el IRPH es la media obtenida a partir de los tipos de interés aplicados a los préstamos hipotecarios a más de 3 años concedidos a consumidores durante un mes determinado. A estos préstamos se les aplica un tipo de interés mucho más elevado que los impuestos a los préstamos entre bancos y, además, incluyen el diferencial que se les aplica. Por esta razón, el IRPH siempre se sitúa por encima del Euribor y encarece las hipotecas aunque esto, por supuesto, no se explicaba a unos clientes a quienes se les decía que contratar una hipoteca referenciada al IRPH era más beneficioso porque se trataba de un índice más estable y menos fluctuante que no el Euribor.

¿Por qué tengo derecho a reclamar si mi hipoteca está referenciada al IRPH?

El IRPH tiene la consideración de cláusula abusiva en aquellos casos en los que la información suministrada por parte de las entidades a la hora de comercializar estas hipotecas fuera insuficiente para entender tanto su funcionamiento como, especialmente, las consecuencias económicas de la propia cláusula. Esto es lo que se conoce en términos jurídicos como el control de transparencia y abusividad.

Tanto la legislación española como la comunitaria en materia de protección de los consumidores de productos financieros hacen mucho hincapié en esta obligación legal para las entidades de facilitar información, clara, transparente y suficiente. En el caso concreto de las hipotecas IRPH, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha establecido que este control de transparencia obligaba a las entidades a facilitar información sobre, al menos, cuál había sido la evolución del IRPH los últimos años y aportar una comparativa que permitiera valorar la diferencia entre referenciar la hipoteca con el IRPH ro hacerlo al Euribor.

En nuestro despacho hemos tenido ocasión de analizar la información suministrada a miles de clientes de diferentes entidades y en ningún caso hemos encontrado satisfecho este requisito de transparencia.

¿Qué piensan los tribunales hasta ahora del IRPH?

En España se han dictado muchas sentencias que condenan a las entidades por esta falta de transparencia. Esta tendencia se vio abruptamente interrumpida cuando en diciembre de 2017, el Tribunal Supremo español dictó una controvertida sentencia en la que establecía que la condición de índice oficial que ostenta el IRPH suponía garantía suficiente para los consumidores bancarios a la hora de suscribir una hipoteca referenciada a este índice.

Algunos tribunales españoles, en desacuerdo con este criterio, elevaron la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), máximo órgano judicial en toda la UE y encargado de fijar la doctrina que deben seguir todos los tribunales nacionales, incluído el Tribunal Supremo. Finalmente, en febrero de este mismo año, el TJUE se pronunció a favor del derecho a la tutela judicial de los consumidores españoles, recordando que los tribunales nacionales tienen la obligación de realizar dicho control de transparencia y examinar la posible abusividad de cualquier cláusula incorporada a un préstamo hipotecario, incluyendo la cláusula IRPH. Desde esta sentencia, las demandas que se encontraban paralizadas en los juzgados a la espera de la sentencia del TJUE se han reactivado y ya ha habido las primeras sentencias favorables a los clientes.

¿Cuáles son las consecuencias de la abusividad o de la falta de transparencia?

La primera de las consecuencias es que la cláusula debe desaparecer del contrato de préstamo hipotecario, tal y como si nunca hubiera sido incorporada. Esto significa que tenemos derecho a reclamar todo lo que hemos pagado de más como consecuencia, precisamente, del IRPH, incrementado con los intereses legales correspondientes.

El TJUE indica también que el contrato, una vez suprimida la cláusula, no puede mantenerse vigente y se debería liquidar pero que, en caso de que esta opción resultase perjudicial para el consumidor, los tribunales pueden decidir aplicar otro índice legal supletorio como podría serlo, por ejemplo, el Euribor.

Para entenderlo de forma más clara, imaginamos que todavía nos queda por devolver 50.000 € de nuestra hipoteca pero el cálculo de las cantidades indebidamente abonadas por los efectos del IRPH indica que la entidad debe devolvernos 85.000 €. En este caso, el préstamo se liquidaría y la entidad debería retornar los 35.000 € resultantes de la diferencia entre la deuda suscrita y la cantidad a percibir.

Ahora bien, si la proporción fuera inversa, y nuestra deuda se situara en 85.000 € mientras que la cantidad en concepto de intereses indebidamente abonados fuera de 50.000 €, la hipoteca debería reconfigurarse de forma que no se lesionen nuestros derechos y no nos veamos en la obligación de liquidar de golpe esta hipoteca, que quedaría reducida a la cantidad de 35.000 € y a la que se debería aplicar otro índice de referencia de ahora en adelante.

¿Se puede reclamar por todas las hipotecas con IRPH?

Sí, se puede reclamar por todas las hipotecas que utilicen el IRPH para calcular el tipo de interés variable. Todo dependerá de que, efectivamente, la entidad demuestre que facilitó toda la información para que un consumidor medio, sin especial formación económica, estuviera en disposición de entender que su decisión podía perjudicarle gravemente. Cosa que, insistimos, no ha sido así.

También se puede reclamar por las hipotecas que ya han sido liquidadas aunque en estos casos, es neceaario analizar cuidadosamente la cuestión trascendental de los períodos de prescripción.

En algunos casos, también es posible reclamar por la abusividad del IRPH cuando ha habido acuerdos de novación del préstamo con la entidad para sustituir el IRPH por un tipo de interés fijo u otras medidas propuestas por los bancos para tratar de esquivar las reclamaciones judiciales. Estos acuerdos, como el propio IRPH, pueden ser considerados abusivos y nulos si han perjudicado los intereses de unos consumidores que los han aceptado forzados por las circunstancias.

A estas alturas, una excepción a esta norma que permite reclamar por las hipotecas IRPH son las constituidas para adquirir viviendas de protección oficial. El IRHP en estas hipotecas se impuso a través de un reglamento y este acto no puede ser impugnado. Situación evidentemente injusta y contradictoria pero que, a estas alturas, no deja margen legal a la reclamación de los consumidores afectados.

Calcula cuanto dinero recuperar

Hemos ideado una aplicación para calcular cuánto dinero se podrían recuperar de las hipotecas referenciadas al índice IRPH. Pulsa sobre la imagen para hacer el cálculo.

¿Por qué deberíamos reclamar por el IRPH?

Básicamente, porque utilizar el índice IRPH para calcular los intereses que se aplican a la hipoteca ha supuesto un encarecimiento injustificado de nuestros pagos. De hecho, varias fuentes cifran, en promedio, en más de 2.000 euros anuales de encarecimiento respecto lo que hubiéramos pagado si la misma hipoteca utilizara el Euribor para calcular el interés variable. Este sobrecoste no ha tenido ninguna contraprestación ni ha reportado beneficio de ningún tipo a los clientes de las entidades financieras. El índice IRPH únicamente ha servido para proteger los intereses de los bancos,y jamás mejor dicho, en un escenario de continuos descensos del más habitual Euribor, situado en niveles históricamente bajos desde el inicio de la crisis financiera a finales de 2007.

¿Por qué el IRPH es más perjudicial que, por ejemplo, el Euribor?

Las hipotecas suscritas a interés variable funcionan todas de forma similar. Se aplica un índice de referencia (IRPH, Euribor, etc.) y sobre éste un diferencial. Las que utilizan el IRPH son más caras porque, aunque el diferencial pueda ser el mismo, el IRPH siempre se sitúa por encima del Euribor. Esto es consecuencia de cómo se calculan estos dos índices.

El Euribor es el resultado de hacer la media del tipo de interés que los bancos aplican a la hora de hacerse préstamos entre ellos o con el Banco Central Europeo. Este tipo de interés siempre es más bajo que los intereses que se aplican a los préstamos concedidos a los consumidores, especialmente en los últimos años, cuando el BCE ha facilitado ingentes cantidades de dinero a los bancos a interés prácticamente cero para estimular la economía.

Por el contrario, el IRPH es la media obtenida a partir de los tipos de interés aplicados a los préstamos hipotecarios a más de 3 años concedidos a consumidores durante un mes determinado. A estos préstamos se les aplica un tipo de interés mucho más elevado que los impuestos a los préstamos entre bancos y, además, incluyen el diferencial que se les aplica. Por esta razón, el IRPH siempre se sitúa por encima del Euribor y encarece las hipotecas aunque esto, por supuesto, no se explicaba a unos clientes a quienes se les decía que contratar una hipoteca referenciada al IRPH era más beneficioso porque se trataba de un índice más estable y menos fluctuante que no el Euribor.

¿Por qué tengo derecho a reclamar si mi hipoteca está referenciada al IRPH?

El IRPH tiene la consideración de cláusula abusiva en aquellos casos en los que la información suministrada por parte de las entidades a la hora de comercializar estas hipotecas fuera insuficiente para entender tanto su funcionamiento como, especialmente, las consecuencias económicas de la propia cláusula. Esto es lo que se conoce en términos jurídicos como el control de transparencia y abusividad.

Tanto la legislación española como la comunitaria en materia de protección de los consumidores de productos financieros hacen mucho hincapié en esta obligación legal para las entidades de facilitar información, clara, transparente y suficiente. En el caso concreto de las hipotecas IRPH, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha establecido que este control de transparencia obligaba a las entidades a facilitar información sobre, al menos, cuál había sido la evolución del IRPH los últimos años y aportar una comparativa que permitiera valorar la diferencia entre referenciar la hipoteca con el IRPH ro hacerlo al Euribor.

En nuestro despacho hemos tenido ocasión de analizar la información suministrada a miles de clientes de diferentes entidades y en ningún caso hemos encontrado satisfecho este requisito de transparencia.

¿Qué piensan los tribunales hasta ahora del IRPH?

En España se han dictado muchas sentencias que condenan a las entidades por esta falta de transparencia. Esta tendencia se vio abruptamente interrumpida cuando en diciembre de 2017, el Tribunal Supremo español dictó una controvertida sentencia en la que establecía que la condición de índice oficial que ostenta el IRPH suponía garantía suficiente para los consumidores bancarios a la hora de suscribir una hipoteca referenciada a este índice.

Algunos tribunales españoles, en desacuerdo con este criterio, elevaron la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), máximo órgano judicial en toda la UE y encargado de fijar la doctrina que deben seguir todos los tribunales nacionales, incluído el Tribunal Supremo. Finalmente, en febrero de este mismo año, el TJUE se pronunció a favor del derecho a la tutela judicial de los consumidores españoles, recordando que los tribunales nacionales tienen la obligación de realizar dicho control de transparencia y examinar la posible abusividad de cualquier cláusula incorporada a un préstamo hipotecario, incluyendo la cláusula IRPH. Desde esta sentencia, las demandas que se encontraban paralizadas en los juzgados a la espera de la sentencia del TJUE se han reactivado y ya ha habido las primeras sentencias favorables a los clientes.

¿Cuáles son las consecuencias de la abusividad o de la falta de transparencia?

La primera de las consecuencias es que la cláusula debe desaparecer del contrato de préstamo hipotecario, tal y como si nunca hubiera sido incorporada. Esto significa que tenemos derecho a reclamar todo lo que hemos pagado de más como consecuencia, precisamente, del IRPH, incrementado con los intereses legales correspondientes.

El TJUE indica también que el contrato, una vez suprimida la cláusula, no puede mantenerse vigente y se debería liquidar pero que, en caso de que esta opción resultase perjudicial para el consumidor, los tribunales pueden decidir aplicar otro índice legal supletorio como podría serlo, por ejemplo, el Euribor.

Para entenderlo de forma más clara, imaginamos que todavía nos queda por devolver 50.000 € de nuestra hipoteca pero el cálculo de las cantidades indebidamente abonadas por los efectos del IRPH indica que la entidad debe devolvernos 85.000 €. En este caso, el préstamo se liquidaría y la entidad debería retornar los 35.000 € resultantes de la diferencia entre la deuda suscrita y la cantidad a percibir.

Ahora bien, si la proporción fuera inversa, y nuestra deuda se situara en 85.000 € mientras que la cantidad en concepto de intereses indebidamente abonados fuera de 50.000 €, la hipoteca debería reconfigurarse de forma que no se lesionen nuestros derechos y no nos veamos en la obligación de liquidar de golpe esta hipoteca, que quedaría reducida a la cantidad de 35.000 € y a la que se debería aplicar otro índice de referencia de ahora en adelante.

¿Se puede reclamar por todas las hipotecas con IRPH?

Sí, se puede reclamar por todas las hipotecas que utilicen el IRPH para calcular el tipo de interés variable. Todo dependerá de que, efectivamente, la entidad demuestre que facilitó toda la información para que un consumidor medio, sin especial formación económica, estuviera en disposición de entender que su decisión podía perjudicarle gravemente. Cosa que, insistimos, no ha sido así.

También se puede reclamar por las hipotecas que ya han sido liquidadas aunque en estos casos, es neceaario analizar cuidadosamente la cuestión trascendental de los períodos de prescripción.

En algunos casos, también es posible reclamar por la abusividad del IRPH cuando ha habido acuerdos de novación del préstamo con la entidad para sustituir el IRPH por un tipo de interés fijo u otras medidas propuestas por los bancos para tratar de esquivar las reclamaciones judiciales. Estos acuerdos, como el propio IRPH, pueden ser considerados abusivos y nulos si han perjudicado los intereses de unos consumidores que los han aceptado forzados por las circunstancias.

A estas alturas, una excepción a esta norma que permite reclamar por las hipotecas IRPH son las constituidas para adquirir viviendas de protección oficial. El IRHP en estas hipotecas se impuso a través de un reglamento y este acto no puede ser impugnado. Situación evidentemente injusta y contradictoria pero que, a estas alturas, no deja margen legal a la reclamación de los consumidores afectados.

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