Los swaps hipotecarios, o contratos de permuta del tipo de interés, son un producto financiero extremadamente complejo y de gran riesgo que la normativa legal vigente considera inadecuado para usuarios sin formación específica o que no tengan una relación profesional con el mundo de las finanzas. Aun así, más de 30.000 personas en toda Cataluña y 200.000 en el conjunto del Estado siguen sufriendo los efectos de haber contratado un producto financiero que bancos y cajas les presentaron bajo la falsa apariencia de seguros contra futuras subidas del Euríbor sin explicar que, en caso de que este bajase, deberían compensar económicamente a la entidad con pagos adicionales. Lejos de constituir un elemento de protección, los swaps —también llamados collars o clips, según otras denominaciones anglosajonas— son instrumentos altamente especulativos que han generado enormes gastos a familias y empresas que nunca fueron debidamente informadas de los riesgos que asumían y de las consecuencias que se podían derivar de hipotéticas bajadas del Euríbor, tal y como sucedió justo después —y de forma nada casual— del período de máxima intensidad de las campañas de comercialización de los swaps por parte de las entidades financieras, entre los años 2006 y 2008.
Colectivo Ronda ha sido pionero en la defensa jurídica de los afectados y afectadas por la suscripción de swaps hipotecarios, convirtiéndose en uno de los despachos de abogados que ha conseguido más sentencias favorables a clientes de entidades, incluyendo resoluciones que han supuesto la nulidad de swaps con un importe de más de 5 millones de euros.