La salud mental en juego

Artículo de la abogada Silvia Vázquez con motivo del día Mundial de la salud Mental

El 10 de octubre, día Mundial de la Salud Mental, es un buen momento para detenernos a evaluar la práctica del INSS de revisar las prestaciones de incapacidad permanente de las personas trabajadoras que padecen graves enfermedades mentales y que no pueden desarrollar su profesión o ningún tipo de trabajo. Y es que con demasiada frecuencia los criterios economicistas de este organismo provocan la denegación de unas ayudas que pueden afectar aún más a la salud de las personas que lo padecen.

De entrada, cabe decir que es coherente con el fin de la prestación de incapacidad permanente (IP) que el INSS realice una tarea de control para constatar si la situación clínica de la persona enferma se mantiene igual o ha experimentado mejoría y ha recuperado total o parcialmente su capacidad laboral. Recordemos que las prestaciones de incapacidad permanente son pensiones vitalicias (art. 196 LGSS) pero también revisables (art. 200 LGSS). La cuestión no es tanto la tarea de control sino cómo se están haciendo estas revisiones por mejoría y, sobre todo, cuáles son los criterios que sigue el INSS.
Los abogados y abogadas especialistas en Seguridad Social vemos cada día como personas beneficiarias de pensiones de IP por trastornos de salud mental se quedan sin pensión o se les rebaja la cuantía considerablemente sólo porque este organismo considera que han mejorado a pesar de los informes psiquiátricos de la sanidad pública digan lo contrario (que la gravedad persiste y que no existe mejoría clínica).

Ésta es, desgraciadamente, una dinámica del INSS muy extendida: dictaminar una mejoría y retirar la pensión basándose en una única visita con el psiquiatra evaluador que hace una exploración psicopatológica y llega a una conclusión médica contraria a lo que afirman y diagnostican los informes de los especialistas médicos que realizan el seguimiento continuo de la persona y ven su evolución.
Así nos encontramos con personas con problemas de salud mental que se quedan sin pensión y sin posibilidad de volver al trabajo. Una dura realidad que provoca, lógicamente, un empeoramiento y desestabilización de la patología psiquiátrica por la falta de ingresos, la incertidumbre y la dificultad de afrontar un retorno al mercado laboral desaconsejado por el personal médico. Y, por tanto, tener que acudir a la vía judicial para acreditar la inexistencia de mejoría.
En definitiva, los procedimientos de revisión de grado tienen muchas carencias y mucho que mejorar. Nosotros lo tenemos claro: no puede jugarse con la salud mental.

Artículo de la abogada Silvia Vázquez con motivo del día Mundial de la salud Mental

De entrada, cabe decir que es coherente con el fin de la prestación de incapacidad permanente (IP) que el INSS realice una tarea de control para constatar si la situación clínica de la persona enferma se mantiene igual o ha experimentado mejoría y ha recuperado total o parcialmente su capacidad laboral. Recordemos que las prestaciones de incapacidad permanente son pensiones vitalicias (art. 196 LGSS) pero también revisables (art. 200 LGSS). La cuestión no es tanto la tarea de control sino cómo se están haciendo estas revisiones por mejoría y, sobre todo, cuáles son los criterios que sigue el INSS.
Los abogados y abogadas especialistas en Seguridad Social vemos cada día como personas beneficiarias de pensiones de IP por trastornos de salud mental se quedan sin pensión o se les rebaja la cuantía considerablemente sólo porque este organismo considera que han mejorado a pesar de los informes psiquiátricos de la sanidad pública digan lo contrario (que la gravedad persiste y que no existe mejoría clínica).

Ésta es, desgraciadamente, una dinámica del INSS muy extendida: dictaminar una mejoría y retirar la pensión basándose en una única visita con el psiquiatra evaluador que hace una exploración psicopatológica y llega a una conclusión médica contraria a lo que afirman y diagnostican los informes de los especialistas médicos que realizan el seguimiento continuo de la persona y ven su evolución.
Así nos encontramos con personas con problemas de salud mental que se quedan sin pensión y sin posibilidad de volver al trabajo. Una dura realidad que provoca, lógicamente, un empeoramiento y desestabilización de la patología psiquiátrica por la falta de ingresos, la incertidumbre y la dificultad de afrontar un retorno al mercado laboral desaconsejado por el personal médico. Y, por tanto, tener que acudir a la vía judicial para acreditar la inexistencia de mejoría.
En definitiva, los procedimientos de revisión de grado tienen muchas carencias y mucho que mejorar. Nosotros lo tenemos claro: no puede jugarse con la salud mental.