Los repartidores de Glovo denuncian ante la Inspección de Trabajo la condición de falsos autónomos
La Intersindical Alternativa de Cataluña (IAC) y el colectivo de repartidores de la multinacional Glovo en Barcelona denunciarán ante Inspección de Trabajo, con el asesoramiento de Colectivo Ronda, la condición de falsos autónomos que la empresa les impone.
Los repartidores de comida a domicilio que trabajan para la empresa Glovo en Barcelona quieren que se les reconozca la condición de falsos autónomos, tal y como hace menos de un mes Inspección de Trabajo hizo con sus homólogos de Deliveroo. Así, esta mañana representantes de la IAC y de la plataforma RidersxDerechos, junto a una cincuentena de repartidores que han querido acompañar el acto, han presentado ante la Jefatura de la Inspección de Trabajo una denuncia de su situación que ha contado con el asesoramiento de Colectivo Ronda, responsable de la confección de la denuncia, tal y como ya sucedió en el caso de Deliveroo.
La pretensión de los repartidores de Glovo es que Inspección de Trabajo aprecie el carácter laboral y no mercantil de la relación que mantienen con la empresa, dado que es la multinacional la que impone de forma absoluta las condiciones de prestación del servicio y determina aspectos sustanciales de su vinculación como puede ser la configuración de los horarios y periodos de descanso, entre otros. Siendo así, los repartidores argumentan que se les niega cualquier posibilidad de intervenir de forma efectiva en la configuración del servicio, tal y como sería consustancial a la figura del trabajador autónomo que, en estas circunstancias, se convierte en un mero subterfugio por parte empresa para esquivar sus obligaciones como real empleadora y defraudar pagos a la Seguridad Social en concepto de cotizaciones.
Precedentes en Barcelona
Los riders de Glovo confían que Inspección de Trabajo en Barcelona recoja sus argumentos como ya hizo a principios de julio en el caso de los repartidores de Deliveroo, al dictar una contundente resolución que negaba la condición de autónomos a los repartidores y obligaba la empresa a encuadrarlos como trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social y pagar 1.3 millones de euros en concepto de cotizaciones dejadas de abonar. En este sentido, debemos considerar que las cifras pueden ser mucho más importantes en el caso de Glovo, pues la cifra de riders que trabajan en Barcelona por la multinacional de origen catalán se sitúa cerca de los 4000 trabajadores, prácticamente triplicando el número de repartidores empleados por Deliveroo.
Aunque aún no se ha dictado sentencia en Barcelona que se pronuncie sobre la condición de falsos autónomos de los repartidores de Deliveroo o Glovo, lo cierto es que ya existen precedentes judiciales al respecto. El Juzgado Social 6 de Valencia condenó la multinacional británica y en Barcelona, el Juzgado Social 11 hizo lo mismo pero, en este caso, condenando la ya desaparecida Take Eat Easy, que dejó de operar en julio de 2016.
Desactivar el paradigma de la precariedad
Para el abogado de Colectivo Ronda Natxo Parra, responsable de la denuncia presentada por los repartidores de Glovo y de las que previamente presentaron en Madrid, Valencia y Barcelona los riders de Deliveroo, este colectivo de trabajadores se ha convertido en la verdadera punta de lanza en la lucha contra la instrumentalización de la figura del trabajador autónomo como mecanismo de precarización general de las condiciones laborales. «El trabajador obligado a hacerse autónomo sin ninguna otra razón -explica Parra- que permitir a las empresas desistir de sus obligaciones como empleadoras y, en cambio, aumentar al máximo el beneficio que puede extraer de la dedicación de sus empleados es el paradigma de la desregulación extrema que se quiere imponer al marco de relaciones laborales. Los repartidores sólo son autónomos en lo que refiere a verse totalmente privados de los derechos que los amparan como trabajadores por cuenta ajena. Esto no es economía colaborativa sino únicamente economía de explotación salvaje »